Denuncie El Abuso Sexual - Por Saúl Guevara (Estudio No. 838)

 


Primero, déjame que te aclare los términos para que podamos hablar con propiedad. El abuso sexual puede producirse con o sin contacto físico; y cuando hay contacto físico, cabe que sea con o sin acceso carnal. Si se produce con violencia o intimidación, entonces es cuando se convierte en agresión sexual. ¿Sabes qué significa ¿abuso sexual? Es cuando un niño o un niño es engañado, forzado u obligado a participar en actividades sexuales para el placer de la persona abusiva. ¿Sabes qué es la ¿agresión sexual? Es una conducta que ocurre cuando el abusador y la víctima son adultos.

 El cristiano debe denunciar el abuso sexual:

1) Porque es la ley (en el caso de menores) y bíblicamente debemos someternos al gobierno que Dios ha puesto sobre nosotros para ejercer Su justicia;

2) Porque como cristianos se nos pide que defendamos al oprimido y vulnerable;

3) porque al hacerlo desanimamos a otros posibles ofensores; y,

4) porque al denunciar al ofensor le proveemos la oportunidad de ver su pecado por lo que es y arrepentirse.

 Deuteronomio 22:25…27 puede bien describir una agresión o abuso sexuales de acuerdo con las normas de hoy día, dependiendo de la edad del abusado. En él vemos que la violación, de acuerdo con la ley de Dios en el Antiguo Testamento, era un crimen a la par con el homicidio. No era el tipo de asunto resuelto con el prójimo, como el hacer restitución por la pérdida de un burro o buey (Éxodo 21:33…36). A pesar de que la ley del Antiguo Testamento ya no aplica a los creyentes hoy día y nadie debe asumir el asesinar a agresor sexual, el pasaje todavía expone la naturaleza seria del abuso sexual y establece el precedente para denunciar la ofensa y llevar al ofensor delante ante una corte para justicia.

 Las Escrituras mandan la denuncia en caso de abuso y agresión sexual. Romanos 13:1…5 exhorta a los creyentes a someterse a las autoridades de gobierno. Las razones que Pablo ofrece son:

  • ·         Teológicas: porque Dios, en Su soberanía, ha ordenado tal autoridad sobre nosotros,
  • ·         Lógicas: porque por medio de esa autoridad, Dios venga a los que sufren ofensas y
  • ·         Prácticas: porque al obedecer esa autoridad, los creyentes evitan la ira de Dios sobre sí.

 Denunciar tal incidente es un medio por el cual nos sometemos a la autoridad de Dios al someternos al gobierno que Él ha puesto sobre nosotros. Esta es la manera cómo ponemos el castigo del ofensor en las manos de Dios en vez de las nuestras. Por último, francamente, al hacerlo así también evita que seamos considerados culpables y recibamos el castigo bajo la ley por haber permanecido en silencio.

 Proverbios 31:8…9 exhorta a los creyentes a defender a los que no pueden defenderse. Este pasaje no es muy conocido, por lo que vale la pena citarlo completo, antes de nuestra breve discusión: “¡Levanta la voz por los que no tienen voz! ¡Defiende los derechos de los desposeídos! ¡Levanta la voz, y hazles justicia! ¡Defiende a los pobres y los necesitados!”

 Este es uno de muchos pasajes que hablan del deseo de Dios por que Su pueblo proteja al oprimido y se asegure de que reciben justicia.

En el caso de abuso sexual, las víctimas probablemente han sido forzadas a guardar silencio y someterse. Necesitan un defensor que hable en nombre de ellos. Denunciar el abuso a la policía es una manera de hacer esto. El alcance de este pasaje y su llamado a defender a otros, va más allá de los eventos particulares del caso conocido de abuso sexual. El abusador puede tener otras víctimas en el pasado, en la actualidad, o en el futuro. Denunciar su conducta aborrecible también protege a estas víctimas en potencia.

 Puede que la víctima necesite exhortación con compasión para encontrar su voz y hablar con las autoridades acerca de su abuso, y posiblemente un amigo que vaya con ellos y los afirme en este valiente acto de fe.

 1 Timoteo 5:20 exhorta a los creyentes a reprender públicamente al pecador que no se arrepiente, por el bien de los demás. Afirma: “A los que pecan, repréndelos en público para que les sirva de escarmiento. Esta es una perspectiva que no escuchamos con frecuencia. Una reprensión en público desanima a otros posibles ofensores al revelarles las consecuencias de sus actos. En el caso del abuso sexual, denunciar la ofensa comunica que estos asuntos son tomados en serio y tratados como corresponde. Si se riega la voz de que un agresor sexual fue enjuiciado, desalentaría a otros predadores. En el caso de una comunidad de fe, donde digamos que se descubrió que alguien en posición de liderazgo abusó de su poder al agredir sexualmente a un miembro de la congregación, denunciarlo a la policía comunicaría que tal conducta no es propia de los creyentes, y no será tolerada.[9]

 1 Corintios 5:1…5 exhorta a los creyentes a remover al inmoral sexual de en medio de ellos. Pablo describe el proceso como un acto de misericordia, en vez de uno de venganza o juicio. Afirma, respecto al miembro no arrepentido de la congregación en Corinto, “entreguen a este hombre a Satanás para destrucción de su naturaleza pecaminosa a fin de que su espíritu sea salvo en el día del Señor”. En otras palabras, él debe enfrentar las consecuencias por sus actos, en vez de recibir protección de adentro de la comunidad de fe, con la esperanza de que finalmente él “abandone” su maldad y “reconozca su pecado y se arrepienta”.

 Romanos 12:17…19 habla de no buscar venganza ni pagar mal por mal sino dejar lugar para la ira de Dios, pero ¿es esta una razón para no denunciar el abuso sexual? Puede que haya escuchado historias de mal manejo de acusaciones de abuso sexual, donde a los padres de una víctima se les dijo que denunciar la ofensa sería un acto de venganza y que, en vez, ellos simplemente debían de perdonar al ofensor. Sin embargo, como mencionamos anteriormente en la discusión de Romanos 13:1-5, someternos a las autoridades de gobierno al poner a alguien en las manos de la ley es poner la justicia en las manos de Dios. Hacer lo opuesto es protegerlos de Su disciplina, y de una situación que pudiera resultar en arrepentimiento.

 

S.A.G. - 1 – JUN – 2025

(Estudio No. 838)

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